Fondo De Comercio
derecho extranjero y nacional o peruano. Los principales antecedentes del fondo de comercio son la ley de bancarrotas francesa de 1838, y en 1909 se consagra en dicho paìs o estado la ley de transferencia de fondos de comercio. Al igual que tambièn debemos tener en cuenta la ley 11.867 argentina, es decir, el derecho positivo argentino en este aspecto es mas desarrollado que el derecho peruano. En tal sentido sin ir muy lejos podemos obtener mucha bibliografÃa sobre esta importante institución jurìdica. En el derecho peruano encontramos un anteproyecto titulado anteproyecto de ley del empresariado, en el cual se regula el fondo de comercio pero no se encuentra vigente, por lo cual es claro que el mismo no se puede tener en cuenta para efectos de aplicación sino sòlo para efectos de estudio. Ademà s en la doctrina como antecedente debemos tener en cuenta el trabajo argentino de Jorge ZUNINO, titulado Fondo de Comercio, el cual constituye un trabajo de investigación publicado
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